Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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4.426 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

  1. Puedo demandar a los abuelos de mis hijas, porque el padre está en Colombia y es imposible dar con el… desde hace 6 años no recibo la pensión y no se que debo hacer

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    • Estimada, el Código de la Niñez y Adolescencia estipula que, “Cuando los padres no tengan suficientes recursos económicos o cuando se hayan ausentado temporal o definitivamente, los abuelos, hermanos que hayan cumplido 21 años y tíos, en ese orden, deben asumir la responsabilidad de pagar la pensión alimenticia» es decir en su caso si puede presentar la respectiva demanda en el orden antes indicado.

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  2. Estimados Ecuador Legal.
    Quisiera saber que puedo hacer si mi hijo no tiene mi apellido aun cuando el juez ordenó el cambio de apellido y yo tengo una demanda de alimentos. Que podría hacer y debo o no cancelar la pension alimenticia?

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    • Estimado, si la demanda de alimentos se presentó con presunción de paternidad y el juez resolvió el respectivo reconocimiento, este debe hacerse efectivo ante el Registro Civil, adjuntando la respectiva sentencia, con respecto a los alimentos si existe una resolución sea provisional o definitiva, deberá continuar pagando la pensión de alimentos, según lo dispuesto por el juez.

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    • Estimada, la Ley de Inquilinato en su artículo 30 manifiesta que el arrendador podrá dar por terminado el arrendamiento y, por consiguiente, exigir la desocupación y entrega del local arrendado antes de vencido el plazo legal por la causales descritas en este artículo, siendo la primera “Cuando la falta de pago de las dos pensiones locativas mensuales se hubieren mantenido hasta la fecha en que se produjo la citación de la demanda al inquilino” es decir si deuda 2 o más meses de arriendo puede solicitar el desalojo, la vía legal se denomina Desahucio, la primera recomendación será siempre el diálogo, si ésta no surte efecto y el inquilino se niega a abandonar el inmueble, los propietarios pueden presentar una demanda de desahucio, es decir, el desalojo por orden judicial, este trámite lo realiza ante el Juzgado de Inquilinato de su localidad.

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    • Estimada en su caso deberá tramitar la boleta de apremio por adeudar pensiones alimenticias, este proceso lo debe solicitar por medio de su abogado patrocinador solicitando se disponga al Departamento de Pagaduría de la Unidad Judicial donde se sustanció tu proceso de alimentos, que se emita un informe de los valores y meses adeudados por concepto de pensiones alimenticias, posterior el juez pondrá en conocimiento a las partes procesales para que lo aprueben, impugnen o rechacen, para continuar con el trámite correspondiente.

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