Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis

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¿Cómo realizar la Consulta Jurídica en línea?

  1. En el formulario, escribe la pregunta lo más detallada posible.
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  3. Digita tu correo electrónico, es importante revisar que esté escrito correctamente, ya que la notificación de la respuesta se envía a dicho correo.
  4. Da clic en el botón «Enviar Pregunta».

Recuerda que la asesoría legal en línea es ideal para consultas y orientación general, pero puede no ser adecuada para casos legales complejos o situaciones que requieran una representación legal más profunda. Siempre es recomendable buscar asistencia legal adicional en casos que así lo ameriten.

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4.861 preguntas en “Consulta Jurídica Online – Asesoría legal Gratis”

  1. Buenos días
    Tengo 30 días acumulados de mis vacaciones de dos años, pero la verdad no quiero tomar ningún día me pueden obligar? MI salario es de $ 467, trabajo de lunes a viernes 6 horas,

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    • Las vacaciones están entre los derechos irrenunciables del trabajador en Ecuador y como tal, no pueden ser compensables con dinero, las mismas no pueden ser obligadas a ser tomadas, debe tomar en cuenta que la ley estipula 3 formas en las que sus vacaciones puede recibirlas en dinero, cuando le van a liquidar por despido o renuncia, sus vacaciones no tomadas deben constar en el acta de finiquito, la persona puede aplazar sus vacaciones durante tres años, pero difícilmente una empresa podrá trabajar con un empleado ausente durante 45 días y podría transformarse parte de esos días en dinero y la ley estipula labores técnicas y de confianza de difícil reemplazo. En esos casos, se puede negar un año de vacaciones para que sean tomadas el año siguiente. Podría ocurrir que también se compensen económicamente.

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  2. Tengo cinco hijos una niña de 3 años uno de 5 años una niña de 13 años soy separado y en otro compromiso q tuve tengo dos hijos 10 años y 15años me demandaron por estos dos niños pero me quede sin trabajo estoy enfermo y me callo la deabetis emocional q puedo hacer me han demandado jamas recibi las notificaciones y quieren q les pague por cada uno mas de 100 y no se como hacer

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    • Estimado, puede usted revisar el estado de su demanda ingresando en https://datoecuador.com/LN13 debera consultar ingresando en la opcion “demandado” al momento de la calificación de la demanda el juez establece un valor provisional, esto no implica que usted haya sido notificado, el valor que haya fijado lo puede verificar al momento de revisar su proceso en el enlace enviado anteriormente, con respecto al valor que indica se debe considerar que todos los hijos tiene los mismos derechos, por lo cual cuando sea notificado deberá contestar la demanda y presentar las pruebas de descargo, como partidas de nacimiento de sus otros hijos, recuerde para la contestación deberá contar con el patrocinio de un abogado de su confianza.

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  3. Mi esposo era quien pagaba los predios de nuestra casa , el murió y ahora yo soy la dueña de la casa pero tengo carnet de discapacidad , tengo que pagar los predios o no ?

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    • Estimada, el pago del valor de la matrícula vehicular es independiente de la calendarización, es decir, si el último dígito de su placa es 0, el trámite de RTV y matriculación lo deberá realizar en el mes de noviembre, pero el pago de la matrícula vehicular lo puede realizar en meses previos no necesariamente el mes de matriculación.

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  4. Buenos días, disculpe la molestia, el valor de la hora de trabajo es de 2,92, trabaje dos feriados en total 16 horas, como es con recargo de 100% en la calculadora me da 93,44, pero a mí me pagaron la mitad 46,72 por qué me dicen que el valor de la hora ya se encuentra dentro del sueldo, es lo correcto? O están equivocados

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    • No estimado, para calcular el valor de una hora extra, se suma el valor de la hora diurna con el recargo correspondiente.
      El artículo 55 del Código del Trabajo de Ecuador establece que las horas extras se pagan con un recargo del 50% sobre el valor de la hora diurna. Sin embargo, si las horas extras se realizan los sábados, domingos o días de descanso obligatorio, el recargo es del 100%.

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