Las personas de la tercera edad tienen derecho a una pensión alimenticia por parte de sus hijos hasta nietos, la ley protege a los adultos mayores y obliga a que sus familiares lo cuiden.
El MIES (Ministerio de Inclusión Económica y Social) publicó la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas para las personas adultas mayores, como un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia y/o de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios.
¿Quiénes deben pagar la pensión alimenticia?
La familia es el principal responsable del cuidado, amor y manutención de las personas de la tercera edad ya sean padres o abuelitos.
La Ley obliga a que los hijos proporcionen los alimentos y cuidados a sus padres de la tercera edad.
En primera instancia son los hijos, hijas hasta nietos los que deben entregar la pensión alimenticia a la persona adulta mayor.
Sin embargo, el juez puede ampliar este derecho hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Listado de personas que pueden dar cobertura de pensión:
- Hijos o hijas
- Nietos
- Sobrinos
Tabla de pensiones alimenticias para adultos mayores
La tabla esta formada por 6 niveles, cada nivel contiene el porcentaje que debe pagar el alimentante en función de los ingresos y al número de personas de la tercera edad. Esta tabla permitirá que los padres, abuelitos(personas de la tercera edad) que viven en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad tengan un envejecimiento digno y que sus familiares sean responsables de su cuidado y felicidad.
¿Cómo calcular la pensión para personas de la tercera edad?
Si la persona alimentante tiene ingresos o sueldo de $800
Por ejemplo, si el alimentante gana USD 830 tiene que pagar el 29.26% que son $234.08 USD, si el adulto mayor tiene una discapacidad grave, adicional debe pagar el 12.85% que son $102.80 USD
¿Cómo hacer el cálculo?
- Identifique de acuerdo al salario del hijo/a o nietos en la fila de la tabla. En el caso de ejemplo esta en la fila 4.
- Multiplique el salario por el porcentaje de la fila identificada en el paso 1, luego divida para 100. El valor que obtiene es en dólares que debe reclamar.
- Si tiene discapacidad, múltiple que el salario por uno de los porcentajes de las columnas muy grave, grave o moderada, luego divida para 100. El valor adicional que obtiene es en dólares que debe reclamar.
Ver también:
La demanda de pensión alimenticia para adultos mayores
Para presentar la demanda, no es necesario contar con un abogado. Solo debe llenar el formulario del Consejo de la Judicatura (disponible en sus oficinas) y adjuntar una copia de la cédula del adulto mayor, así como la partida de nacimiento de los hijos a quienes se reclama la pensión.
Asesoría legal gratuita
Las universidades ecuatorianas cuentan con consultorios jurídicos gratuitos, los mismos proporcionarán la asesoría necesaria para que el adulto mayor pueda demandar el pago de la pensión a sus familiares.
Base legal.
- Art. 27 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores
- El Art. 69, 83 de la Constitución de la República del Ecuador
- Art. 349, 358, 359, 360 y 361 del Código Civil