El Subsidio por enfermedad es un beneficio que abona el IESS a los trabajadores activos, que por razones médicas se encuentran imposibilitados de trabajar.
Se paga el subsidio por enfermedad a partir del cuarto día de incapacidad producida por enfermedad, y hasta por 182 días.
Requisitos para cobrar el Subsidio por enfermedad
- Acreditar 180 días de aportación continua dentro de los 6 meses anteriores al inicio de la enfermedad, o 189 días de aportación continua dentro de los 8 meses anteriores al inicio de la enfermedad.
- El reposo médico debe estar registrado en el sistema informático de subsidios por parte del funcionario responsable en cada unidad médica del IESS.
- Cuando el reposo ha sido prescrito por un médico particular, el afilado/afiliada o su delegado deberá realizar la gestión de revalidación del certificado médico por un facultativo autorizado de la unidad médica del IESS más cercana.
- Tener registrada y autorizada la cuenta bancaria del afiliado o afiliada en las oficinas de Historia Laboral administrativas en cada Dirección Provincial del IESS, según su domicilio o lugar de trabajo.
Acceder a la Calculadora del Subsidio por enfermedad.
Cobertura del subsidio por enfermedad
Sector Privado:
Los empleados amparados por el Código de Trabajo tienen acceso a un subsidio de 182 días, de los cuales los tres primeros días son pagados por el Empleador, y a partir del cuarto día son cubiertos por el IESS.
Sector Público:
Las servidoras y servidores públicos tienen acceso a un subsidio de 182 días, de los cuales los primeros 90 días son pagados por el Empleador, y los siguientes 92 días son cubiertos por el IESS.
Proceso de registro de certificados médicos para el subsidio
El médico del IESS que prescriba reposo por incapacidad temporal entrega el documento al nivel administrativo de registro de certificados médicos de la unidad médica.
El funcionario de la unidad médica responsable del registro, ingresa los datos del reposo al sistema de pago automático de subsidios.
Proceso de revalidación de certificados médicos particulares
El asegurado está obligado a concurrir a la unidad médica más cercana del IESS para solicitar la revalidación del certificado de reposo entregado por un médico particular dentro de los 8 días siguientes a finalizado el descanso médico concedido.
El médico del IESS autorizará el descanso médico y remitirá el documento al nivel administrativo de registros de reposos médicos para que a su vez sean ingresados al sistema de pago automático de subsidios, de igual forma que los producidos en cada unidad médica.
Procedimiento de Pago de la Prestación del subsidio
El sistema de pago automático de subsidios registra los descansos médicos, la calificación del derecho, el cálculo del valor de esta prestación monetaria, y la acreditación a cuentas bancarias del valor de la prestación.
Preguntas frecuentes:
1. Estoy de 3 meses de embarazo y pensaba renunciar a los 5 meses, tengo derecho a seguirme atendiendo en el IESS o pierdo cualquier derecho incluso el subsidio?
El iess es mas o menos como un seguro de medicina cualquiera, si dejas de pagar tu aporte ya no puedes acceder a los servicios del mismo. En todo caso espera un poco y deja tu trabajo después del periodo de maternidad asi no pierdes el sueldo por este periodo ni la atencion en el mismo.
2. En que tiempo se hace efectivo el deposito del iess ya tengo 15 dias de haber realizado el tramite por enfermedad?
Suele tardarse hasta el 10 de cada mesa con un maximo de 30 días.
3. Me realizaron una operación que me incapacitó por 15 días mismos que no pude integrarme a mis labores, como antecedente cabe mencionar que esta cirugía se realizo antes de cumplir los 6 meses de afiliación. En el IESS me indican que al no cumplir aún los 6 meses de aportación a la fecha en la que me realicé la cirugía, no me pueden reconocer el subsidio por enfermedad, me podrían indicar si es correcto?
Es correcto y lo puedes verificar en la ley del IESS.