Estos son los productos y servicios con tarifa 0% del IVA en Ecuador

Presentamos los bienes y servicios gravados con tarifa 0% del IVA en Ecuador, de acuerdo con el tipo de transacción. Descubre los grupos de productos y servicios vigentes con esta tarifa en el año 2024.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es el principal tributo de recaudación en Ecuador. Este impuesto se aplica al valor de las transferencias de bienes y a la prestación de servicios. Las tarifas generales vigentes del IVA en 2024 son del 15% y del 0%. Además, existen transacciones (transferencias) que no están sujetas a IVA.

¿Cuáles son los servicios con tarifa 0% del IVA?

La normativa tributaria ecuatoriana establece los servicios con una tarifa del IVA del 0%. Puedes consultar el listado completo de servicios en el Art. 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Estos servicios con tarifa 0% del IVA, organizados por tipo, incluyen:

Servicios de transporte y almacenamiento

  • Transporte terrestre, acuático, y aéreo (Galápagos); transporte de petróleo y gas.
  • Peaje por uso de carreteras y puentes.
  • Servicios de aerofumigación.
  • Carga eléctrica para vehículos eléctricos.

Salud y medicamentos

  • Servicios de salud y fabricación de medicamentos.
  • Seguros de salud y vida, de accidentes y agropecuarios.

Vivienda e inmuebles

  • Arrendamiento de inmuebles para vivienda.
  • Construcción de vivienda de interés social.
  • Arrendamiento de tierras agrícolas.

Servicios básicos y públicos

  • Servicios públicos de agua, alcantarillado, energía eléctrica, y recolección de basura.

Servicios de educación y sociales

  • Educación en todos los niveles.
  • Guarderías y hogares de ancianos.
  • Servicios religiosos.

Culturales y recreativos

  • Servicios artísticos y culturales.
  • Sistemas de lotería.

Servicios funerarios

  • Servicios exequiales.

Administrativos y de gobierno

  • Servicios públicos administrativos (registro civil, permisos).
  • Servicios bursátiles.
  • Servicios de cámaras de producción, sindicatos (límite de $1,500 anuales).

Exportaciones y turismo

  • Servicios de exportación que cumplan ciertos requisitos.
  • Paquetes de turismo receptivo para extranjeros.
  • Alojamiento turístico para extranjeros.

Servicios especializados y comerciales

  • Servicios artesanales calificados.
  • Servicios de conservación de alimentos perecibles.

¿Cuáles son los productos con IVA 0%?

De igual forma, la normativa tributaria ecuatoriana vigente establece los bienes o productos que tienen una tarifa del IVA del 0%. Puedes consultar el listado completo de bienes en el Art. 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Entre estos bienes con tarifa 0% del IVA, organizados por tipo, se incluyen:

Alimentos y productos básicos

  • Productos alimenticios en estado natural.
  • Leches y productos lácteos nacionales.
  • Alimentos básicos como pan y aceites.

Insumos y maquinaria agrícola

  • Insumos agrícolas y veterinarios.
  • Maquinaria agrícola.

Medicamentos y productos de salud

  • Medicamentos y sus insumos.
  • Productos de higiene femenina y pañales.

Materiales educativos y de comunicación

  • Papel y libros.

Productos de comercio exterior

  • Productos exportados.
  • Productos importados.

Energía y recursos naturales

  • Energía eléctrica.
  • Equipos solares y de tratamiento de agua.
  • Combustibles para consumo interno.

Transporte y vehículos

  • Aeronaves para transporte comercial.
  • Vehículos eléctricos de cero emisiones.
  • Barcos pesqueros nuevos.

Otros bienes específicos

  • Artículos de tráfico postal sin fines comerciales.
  • Oro adquirido por el Banco Central.
  • Equipos para pesca artesanal y eléctricos.

Ver también:

servicios con tarifa 0% de iva​, productos con 0 de iva

Tarifa 0% de IVA para generadores eléctricos, sus partes y piezas

Desde el 4 de octubre de 2024, la tarifa del IVA para generadores eléctricos, incluyendo todas sus formas y gamas, así como sus partes y piezas, ha sido reducida del 15% al 0%. Esta medida fue implementada por el Presidente de la República del Ecuador a través de un Decreto Ejecutivo fechado el 3 de octubre y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2024.

Fuentes

  • Ley de Régimen Tributario Interno. Última modificación en el Suplemento del Registro Oficial No. 525, 25 de marzo de 2024.
  • Decreto Ejecutivo No. 411. Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 658, 4 de octubre de 2024.
  • Servicios de Rentas Internas
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